El Tribunal Supremo ha tomado una decisión clave en el caso que involucra a Víctor de Aldama, José Luis Ábalos y Koldo García, rechazando las alegaciones de agravio comparativo en relación a las fianzas impuestas. Esta resolución se centra en la diferencia de responsabilidades civiles entre los acusados, destacando que la situación de Aldama no justifica la misma medida cautelar que se aplica a los otros imputados. La decisión del magistrado Leopoldo Puente subraya que las fianzas de 60,000 euros impuestas a Ábalos y García están directamente relacionadas con el daño económico causado a la administración pública por la contratación de la expareja de Ábalos en empresas estatales.
El juez argumenta que la responsabilidad civil en este contexto es solidaria y que no se puede exigir a un acusado que responda por las acciones de otro. La providencia aclara que Koldo García carece de legitimación para solicitar medidas cautelares contra Aldama, lo que refuerza la idea de que cada acusado debe afrontar sus propias responsabilidades. Esta decisión resalta la complejidad del caso y la necesidad de un análisis detallado de las implicaciones legales para cada uno de los involucrados, así como el impacto que esto puede tener en el desarrollo del juicio oral que se avecina.
