Si presentaste tu declaración del IRPF 2025 con derecho a devolución y aún no has recibido el ingreso, puedes verificar en tiempo real dónde está tu trámite. La Agencia Tributaria actualiza el estado de cada expediente en su Sede Electrónica, sin necesidad de llamar ni acudir presencialmente. El plazo legal para pagar es de seis meses desde el cierre de la campaña. Si no se cumple, Hacienda debe abonar intereses de demora.
¿Dónde consultar el estado de mi devolución de la Renta 2025?
El acceso es exclusivo a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, disponible en la sección Campaña Renta 2025 de la Sede Electrónica. Una vez identificado, entra en tu expediente y selecciona Estado de Tramitación.
Métodos válidos de identificación
- Certificado electrónico o DNI electrónico
- Cl@ve (con nivel de seguridad permanente o permanente plus)
- Número de referencia de tu borrador o declaración (6 caracteres alfanuméricos)
- Acceso mediante eIDAS, para ciudadanos de la UE
¿Qué significan los mensajes de estado en la Sede Electrónica?
Cada mensaje refleja una fase concreta del proceso. No todos indican retraso: algunos son parte del flujo normal de comprobación.
«Su declaración se está tramitando»
El expediente está en curso. No hay incidencias. Este estado puede durar varias semanas tras la presentación.
«Su declaración está siendo comprobada»
Hacienda está realizando controles automáticos o manuales. Puede incluir verificación de deducciones, rendimientos en el extranjero o compatibilidad con otros tributos.
«Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada»
El trámite está aprobado. El ingreso se emitirá en los próximos días hábiles. Aparecerá una fecha prevista de emisión.
¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en ingresar la devolución?
El plazo máximo legal es de seis meses desde el 30 de junio de 2026 (cierre oficial de la campaña). Si el ingreso se retrasa más allá de esa fecha, la Agencia Tributaria debe abonar intereses de demora calculados desde el día siguiente al vencimiento del plazo.
Este plazo no es un objetivo operativo, sino una obligación legal vinculada al Real Decreto 1065/2007, que regula los procedimientos de devolución. En la práctica, el 85 % de las devoluciones 2025 se han abonado en menos de 30 días desde la presentación.
¿Qué pasa si recibo un SMS sospechoso sobre mi devolución?
En plena campaña, han proliferado ciberataques con SMS falsos que imitan a la Agencia Tributaria. Estos mensajes suelen pedir clics en enlaces externos o solicitan datos personales. La Agencia Tributaria nunca solicita contraseñas, claves o datos bancarios por SMS ni correo electrónico.
Si has introducido información en una página fraudulenta, actúa de inmediato: bloquea tu tarjeta, cambia tu Cl@ve, y denuncia en la Oficina de Seguridad del Internauta (OSI) y en la Policía Nacional.
Datos Clave
- El plazo legal para pagar devoluciones es de 6 meses desde el cierre de la campaña (30/06/2026)
- Las devoluciones se ingresan por transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la declaración
- Los intereses de demora se aplican automáticamente si hay retraso injustificado
- El 92 % de las devoluciones 2025 se han procesado sin incidencias detectadas por el sistema
- Las comprobaciones manuales afectan al 3,7 % de las declaraciones, principalmente por deducciones en vivienda o donaciones
El impacto económico de los retrasos en devoluciones es significativo: en 2025, más de 1,2 millones de contribuyentes recibieron intereses por demora, con un coste total para Hacienda de 18,4 millones de euros. Desde el punto de vista legal, el artículo 122 de la Ley General Tributaria exige transparencia y celeridad en los pagos, y la Ley 39/2015 refuerza el derecho a la información en tiempo real. En la práctica, la digitalización ha reducido un 40 % el tiempo medio de tramitación respecto a 2020, aunque persisten cuellos de botella en declaraciones con rendimientos en el extranjero o actividades económicas no declaradas previamente.
