En un caso que ha captado la atención de la opinión pública, una mujer ha sido condenada a dos años de prisión por el Tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, tras ser hallada culpable de un delito de estafa. La acusada, quien se apropió indebidamente de 149.400 euros de la cuenta de su marido, lo hizo en un momento de vulnerabilidad, aprovechando su diagnóstico de un tumor cerebral. La sentencia no solo implica una pena de prisión, sino también la obligación de devolver el dinero sustraído, más los intereses correspondientes.
### Un Engaño en Tiempos de Desesperación
Los hechos se remontan a un periodo entre julio y octubre de 2019, cuando la mujer realizó dieciséis transferencias desde la cuenta de su esposo a la suya. La última transferencia se efectuó solo dos días antes del fallecimiento del hombre, quien se encontraba en una fase crítica de su enfermedad. Durante el juicio, la acusada argumentó que su marido había dado su consentimiento para estas transacciones, afirmando que él deseaba que el dinero fuera para ella. Sin embargo, la corte encontró que las transferencias se realizaron sin el conocimiento ni la autorización del titular de la cuenta, quien, debido a su estado de salud, no estaba en condiciones de comprender o consentir dichas operaciones.
La defensa de la mujer intentó presentar un testimonio que justificara sus acciones, alegando que su esposo había utilizado la banca online para realizar las transferencias. Sin embargo, el tribunal desestimó esta afirmación, señalando que si realmente hubiera sido así, el marido habría realizado la transferencia en una sola operación, en lugar de en múltiples transacciones. La sentencia calificó la conducta de la acusada como un «engaño mayúsculo», destacando que había abusado de la confianza y vulnerabilidad de su esposo en sus últimos momentos de vida.
### La Voluntad del Fallecido y el Testamento No Realizado
Un aspecto crucial del caso fue la discusión sobre la voluntad del fallecido respecto a su patrimonio. Los hijos del hombre argumentaron que su padre no tenía la capacidad de tomar decisiones sobre su dinero debido a su enfermedad y que, en ningún momento, había expresado la intención de dejar todos sus ahorros a su esposa. La acusada, por su parte, intentó justificar su accionar afirmando que habían ido al notario para redactar un testamento, pero que no lo hicieron porque su esposo no se sentía con ganas. Sin embargo, la hija del fallecido contradijo esta versión, indicando que el notario había considerado que su padre no estaba en condiciones de expresar una voluntad consciente.
La situación se complicó aún más cuando la hija del fallecido descubrió las transferencias irregulares al solicitar un extracto de las cuentas de su padre. El director del banco alertó a la hija sobre movimientos sospechosos en la cuenta, lo que llevó a la familia a investigar más a fondo. La médica que atendió al hombre durante su enfermedad corroboró que el tumor cerebral había causado un deterioro mental y físico que hacía prácticamente imposible que el paciente pudiera realizar transacciones de manera consciente.
La sentencia del tribunal no solo condenó a la mujer a dos años de prisión, sino que también le impuso una multa de 1.200 euros y la obligación de reintegrar los 149.400 euros al caudal hereditario del fallecido. Este caso pone de relieve la importancia de la protección de los derechos de las personas vulnerables, especialmente en situaciones donde la confianza familiar puede ser explotada.
La decisión del tribunal puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, lo que abre la puerta a posibles apelaciones por parte de la acusada. Sin embargo, la sentencia actual establece un precedente significativo en la lucha contra la apropiación indebida y el abuso de confianza en relaciones familiares, especialmente en contextos de enfermedad y vulnerabilidad.