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    Conductor ebrio y drogado en libertad tras accidente con dos muertos en Ontinyent

    adminBy admin28 de abril de 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    Un conductor bajo los efectos del alcohol y las drogas causó un accidente mortal en Ontinyent que dejó dos fallecidos. A pesar de la gravedad, quedó en libertad provisional tras ser acusado de dos delitos de homicidio por imprudencia y un delito contra la seguridad vial. No se decretó prisión preventiva. Las víctimas fueron una mujer de 41 años y un hombre de 45. El vehículo cayó desde un puente al río Clariano.

    ¿Por qué el conductor quedó en libertad tras causar dos muertes?

    La jueza de la plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ontinyent no impuso prisión preventiva. El Ministerio Fiscal no la solicitó. Consideró que no concurrían los requisitos legales: peligro de fuga, obstaculización de la investigación o riesgo para la víctima o la sociedad.

    Esta decisión se enmarca en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Allí se exige una valoración individualizada de la gravedad, antecedentes, vínculos con el territorio y conducta procesal. El detenido no tiene antecedentes penales graves. Tampoco hay indicios de que interfiera con la investigación.

    ¿Qué medidas cautelares se aplicaron?

    • Comparecencias mensuales apud acta ante el juzgado.
    • Retirada del pasaporte y prohibición de salida del territorio nacional.
    • Inmovilización del vehículo implicado.
    • Retirada del carné de conducir.

    Estas medidas buscan equilibrar la presunción de inocencia con la protección de la sociedad y la integridad del proceso.

    ¿Qué dice la ley sobre conducir bajo los efectos de alcohol y drogas?

    El Código Penal castiga la conducción bajo la influencia de sustancias psicoactivas con penas de prisión de tres a seis años si causa muerte. El artículo 379.2 establece que se considera delito cuando el conductor supera los límites legales: 0,25 mg/l en aire espirado (alcohol) o cualquier concentración detectable de cannabis, cocaína u otras drogas.

    Además, la Ley de Seguridad Vial exige la retirada inmediata del permiso de conducir. La sanción administrativa no excluye la responsabilidad penal. En este caso, la acusación combina homicidio imprudente con infracción grave de seguridad vial, lo que agrava la tipificación.

    ¿Cómo afecta este caso al sistema de justicia penal español?

    Casos como este ponen en tensión la aplicación del principio de proporcionalidad. La libertad provisional no implica impunidad. El proceso continúa. La sentencia dependerá de la prueba pericial: análisis toxicológicos, informes de tráfico y reconstrucción del accidente.

    La Fiscalía debe acreditar la relación causal entre la imprudencia grave, el estado de alteración psicofísica y las muertes. Si se demuestra, la pena podría ascender a seis años de prisión.

    ¿Cuál es el impacto económico y social de los accidentes por conducción alterada?

    Los accidentes por conducción bajo los efectos de drogas o alcohol generan costes sociales superiores a 12.000 millones de euros anuales en España, según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial. Incluyen gastos sanitarios, pérdida de productividad y indemnizaciones.

    En Ontinyent, el caso ha reavivado el debate sobre la vigilancia en vías secundarias. El camino Carril, donde ocurrió el siniestro, carece de barreras de contención y señalización adecuada. Técnicos locales ya han solicitado una auditoría de seguridad vial en zonas rurales.

    ¿Qué datos clave debe conocer el ciudadano?

    • El conductor fue sometido a prueba toxicológica tras el accidente.
    • El vehículo transportaba tres personas: dos fallecidos y el conductor, herido leve.
    • El accidente ocurrió el domingo 26 de abril de 2026, en el puente sobre el río Clariano.
    • La jueza de guardia dictó las medidas cautelares el lunes 27 de abril.
    • El caso sigue instrucción abierta en el Juzgado de Instrucción de Ontinyent.

    ¿Qué marco legal regula la libertad provisional en casos graves?

    La Ley de Enjuiciamiento Criminal exige una motivación fundada para cualquier medida cautelar. La libertad provisional no es una excepción: debe justificarse en la ausencia de riesgos procesales. En este caso, la decisión se alinea con la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que la prisión preventiva sea el último recurso.

    No obstante, el Tribunal Constitucional ha advertido que la gravedad del hecho —como dos muertes— exige una ponderación rigurosa. Si surgen nuevos indicios de riesgo, la jueza puede revisar las medidas en cualquier momento.

    Datos Clave

    • El conductor no tenía antecedentes penales graves.
    • Las víctimas no eran familiares ni conocidos del conductor.
    • El informe pericial preliminar confirmó presencia de cocaína y etanol.
    • El vehículo no tenía seguro obligatorio vigente.
    • La vía carecía de elementos de seguridad pasiva (barandillas, señalización reflectante).

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