La reciente sentencia de la Audiencia sobre la eurodiputada Sandra Gómez ha generado un intenso debate en el ámbito político y social de Valencia. La condena se centra en las declaraciones realizadas por Gómez durante un pleno del Ayuntamiento, donde se le acusó de tergiversar hechos relacionados con la sobrina de Rita Barberá. El tribunal ha determinado que sus afirmaciones, que vinculaban a Asunción Corbín con una condena al Consistorio, carecían de fundamento y constituyeron una deliberada tergiversación de la realidad. Esta decisión pone de manifiesto los límites de la libertad de expresión en un contexto político cada vez más polarizado.
El tribunal subraya que, aunque la libertad de expresión permite opiniones y juicios de valor, estos deben estar respaldados por una base fáctica suficiente. En este caso, la eurodiputada no solo hizo afirmaciones inexactas, sino que conocía la veracidad de la sentencia que invocaba, lo que agrava la situación. La Audiencia ha impuesto una multa de 6.000 euros y ha ordenado que la sentencia sea leída en el próximo pleno del Ayuntamiento, como medida para mitigar el impacto negativo de sus palabras. A pesar de la condena, Gómez ha decidido apelar al Tribunal Supremo, defendiendo su derecho a la crítica política y el debate entre partidos.
